Riesgos en el embarazo

Existen riesgos laborales para el embarazo cuando la mujer se expone a algunos contaminantes, rayos X, temperaturas extremas, realiza sobre esfuerzos (carga de pesos) o adopta determinadas posturas que pueden influir negativamente en la evolución del embarazo. Se debe intentar adaptar el puesto de trabajo para eliminar el riesgo.

El embarazo es un estado compatible con la mayoría de los trabajos, pero en determinadas situaciones existen riesgos laborales que perjudican la evolución normal de la gestación. “Solo implican un riesgo real sobre el embarazo importantes sobre esfuerzos físicos (por ejemplo, la manipulación de cargas) y la exposición a determinados contaminantes físico–químicos como los rayos X”, explica el Dr. Pedro Soto Ferrando, especialista en medicina del trabajo y jefe del Servicio de Prevención de Hospitales Nisa.
Lo primero que debe hacer la trabajadora embarazada es solicitar al empresario una evaluación de riesgos del puesto de trabajo. “Si se objetiva un riesgo concreto para el embarazo debe intentarse adaptar el puesto de trabajo para eliminar el riesgo. Si no fuera posible, se dará a la trabajadora embarazada, de forma temporal, otro puesto de trabajo compatible con su estado“, indica el experto. El problema suele surgir cuando la embarazada trabaja en empresas pequeñas o en puestos muy especializados, en los que no es posible un cambio de puesto. En estos casos debe acudir a la mutua de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de su empresa para tramitar la licencia por embarazo de riesgo y ser apartada de su puesto. “Cabe aclarar que esta figura legal se aplica exclusivamente si existe un riesgo profesional, si el riesgo para el embarazo es médico, como placenta previa o sangrado, debe tramitar una baja por enfermedad común”, dice el Dr. Pedro Soto Ferrando.

 

RIESGOS LABORALES EN EL EMBARAZO
Existe una serie de productos o situaciones que se deben evitar durante el embarazo en el ámbito laboral.
– Productos químicos. La embarazada que trabaje con productos químicos debe consultar siempre la etiqueta y ficha de seguridad del producto, prestando especial atención a las frases de riesgo (frases R). Destacan las frases R-61 y R-63 que expresan “riesgo durante el embarazo de efecto adverso para el feto”. También deberá tener en cuenta las frases que hacen referencia al riesgo carcinógeno del producto, es decir, el riesgo de producir cáncer. Dicha información es obligatoria en todo producto químico comercializado en la Unión Europea.
Algunos efectos adversos de los tóxicos químicos sobre la gestación son: parto prematuro y retraso mental cuando hay exposición al plomo, abortos espontáneos en caso de pesticidas, malformaciones del sistema nervioso central causadas por determinados disolventes orgánicos, etc.
– Radiaciones. Es muy importante que la embarazada se proteja frente a radiaciones ionizantes (principalmente rayos X y gamma) que suelen incluir determinadas pruebas médicas (radiografías, escáner, etc.), tanto si es paciente como trabajadora de la sanidad (enfermera, médico, etc). El riesgo para el feto es mayor en el primer trimestre de embarazo. Las radiaciones ionizantes (en dosis a partir de 2 milisieverts en la superficie del abdomen de la madre) pueden provocar abortos espontáneos en los primeros meses de la gestación; en fases más avanzadas del embarazo, pueden ocasionar lesiones del sistema nervioso central y de los sentidos en el feto.
– Temperaturas extremas. Temperaturas superiores a 36 º C, sobre todo en ausencia de viento y con trabajos de exigencia física, pueden provocar deshidratación y golpe de calor en el embarazo. Estas circunstancias pueden darse en lavanderías industriales, fundiciones o industrias de la cerámica. La embarazada también debe estar atenta a las temperaturas frías: por debajo de 0 º C, propias de cámaras industriales de congelación, pueden perjudicar a la gestación. Por tanto, deberá ser apartada de los puestos que impliquen temperaturas extremas. Estas situaciones pueden favorecer abortos espontáneos. Además, en caso de deshidratación de la madre, podría alterarse la producción de leche durante la lactancia natural. 
– Posturas forzadas. La embarazada experimenta una serie de cambios fisiológicos en su organismo (cardiovasculares, prominencia del abdomen, disminución de la fuerza muscular, etc.) que la hacen más sensible a las posturas forzadas. Por ejemplo, estar de pie más de tres horas seguidas (como es el caso de trabajos en cadenas de montaje) podría dificultar el retorno venoso (desarrollo de varices) e incrementar considerablemente la fatiga. Otras posturas, como inclinaciones por debajo del nivel de las rodillas, pueden ser molestas por el crecimiento del abdomen. En cualquier caso, las posturas forzadas serán perjudiciales para la embarazada en etapas más avanzadas de la gestación: a partir de la semana 18–22.
– Levantar pesos. Levantar pesos puede implicar un riesgo de lesión dorso lumbar para la embarazada. El riesgo aumenta si se levantan pesos en condiciones muy adversas: alejados del cuerpo, mal agarre, en posturas extremas, etc. También debe valorarse la frecuencia: cargar pesos más de 4 veces por turno de ocho horas aumenta su potencial lesivo. Este riesgo es significativo solo en fases avanzadas del embarazo: a partir de la semana 18 de gestación y dependiendo del peso y frecuencia de manipulación. Por ejemplo manipular cargas menores de 5 kg. únicamente plantearía problemas a partir de la semana 26.