Características de los menús escolares
Los menús deberán suministrar aportes alimentarios en cantidad y calidad suficientes para satisfacer las necesidades nutricionales de los escolares en función de la edad escolar. Los menús deberán confeccionarse teniendo en cuenta la frecuencia de consumo de los diferentes grupos de alimentos: arroz (1 vez a la semana); pasta, excepto pizzas (1 vez a la semana); legumbres (1-2 veces por semana); hortalizas y verduras, incluyendo las patatas, (1-2 veces); carnes (1-3 veces); pescados (1-3 veces); huevos (1-2 veces); ensaladas variadas (3-4 veces); otras guarniciones, como patatas, hortalizas, legumbres…, (1-2 veces); frutas frescas y de temporada (4-5 veces); otros postres, preferentemente yogur, queso fresco, cuajada, frutos secos, zumos naturales…, (0-1 veces).
Todos los menús servidos en los comedores escolares serán siempre supervisados por profesionales sanitarios con formación acreditada y específica en nutrición humana y dietética, de manera que se garantice que son variados, equilibrados y adaptados a las necesidades nutricionales de cada grupo de edad. También se recomienda que el tiempo dedicado a las comidas no sea inferior a 30 minutos para que el alumnado pueda disfrutar de ellas de forma relajada. Al mismo tiempo se recomienda que el agua sea la única bebida que acompañe a las comidas y que, por ejemplo, se limite el uso de productos precocinados.
Niños con alergias
Para atender al alumnado con intolerancias, alergias alimentarias y/o al látex en condiciones de seguridad, se fomentará la formación específica del personal docente, o del personal específico contratado en el servicio de comedor para que puedan detectar y prevenir posibles problemas de salud ligados a la nutrición.
En este sentido, el objetivo es que también se puedan elaborar menús especiales adaptados a esas alergias. En caso de que las condiciones organizativas, o de las instalaciones de cocina, no permitieran la elaboración de estos menús especiales, o el coste adicional de dichas elaboraciones no se pudiera asumir, se facilitarán los medios de refrigeración y calentamiento adecuados, de uso exclusivo para estas comidas, para que pueda conservarse y consumirse el menú especial proporcionado por la familia.
Productos de las maquinas expendedoras
Para fomentar el consumo de alimentos adecuados, se fijan unos límites en el contenido en grasas, azúcares y sal, que deberán cumplir los productos que se oferten en los centros educativos y que estén envasados, ya sea individualmente o en cajas. Estos límites son:
– El valor energético máximo será de 200 kilocalorías.
– El 35%, como máximo, de las kilocalorías procederá de la grasa (este límite no se aplicará a los frutos secos sin grasas añadidas, ya que se trata de grasa presente en ellos de forma natural).
– El 10%, como máximo, de las kilocalorías procederá de las grasas saturadas (este límite tampoco se aplicará a los frutos secos sin grasas añadidas).
– Ausencia de ácidos grasos trans, excepto los presentes de forma natural en productos lácteos y cárnicos.
– El 30%, como máximo, de las kilocalorías procederá de los azúcares totales (este límite no se aplicará a las frutas y hortalizas, los zumos de frutas y no se contabilizará en la leche y los productos lácteos).
– Se establece un máximo de 0,5 g de sal (0,2 g de sodio).
No contendrán edulcorantes artificiales.
– No contendrán cafeína u otras sustancias estimulantes, excepto las presentes de forma natural en el cacao.