“Aunque la legislación no establece ninguna restricción en el número de preembriones generados, se apela a la responsabilidad de los profesionales, para que ajusten la producción a las indicaciones clínicas reales y se limite la implantación a tres embriones por ciclo reproductivo”, aclara el doctor Miguel Casares, coordinador de Trasplantes y presidente del Comité de Ética Asistencial del Hospital Universitario de Getafe. En cualquier caso, los expertos consideran que los avances producidos en las técnicas de reproducción asistida y los constantes cambios sociales exigen en ocasiones respuestas a la actuación médica que la legislación no contempla. “Las leyes van siempre detrás de la técnica y es imprescindible que la legislación sea capaz de conciliar los avances científicos y técnicos con una realidad social en continua evolución” puntualiza este experto.
Los especialistas en reproducción asistida apelan a la sensibilidad de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida, órgano colegiado del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, para crear un registro de embriones existentes y su situación en los centros especializados en medicina reproductiva. “Para facilitar la actuación ética y legal de los profesionales sanitarios, es preciso incorporar un registro nacional de los preembriones existentes y disponibles en los diversos centros, de la misma forma que ya existen registros de centros de reproducción humana asistida y de las actividades y técnicas que realizan” aclara el doctor Casares.
Adoptar embriones
El futuro de los preembriones existentes en los bancos está marcado por ley. Una vez creados, la legislación española establece un plazo de cinco años para el mantenimiento de la criopreservación, periodo durante el cual la pareja donante puede decidir una nueva implantación.
Si transcurrido el plazo de cinco años desde su congelación las parejas no han hecho llegar su decisión, la ley considera tres supuestos para estos preembriones, que pasan a disposición de la clínica: destinarlos a investigación científica, la donación a otras parejas con problemas de fertilidad o su destrucción.
Cuatro de cada diez parejas optan por la conservación de los preembriones para utilizarlos en el futuro, mientras que sólo el 8% de las parejas se decanta por la donación y un porcentaje similar opta por donarlos para fines científicos. Finalmente, se estima que el 6% de las parejas pide la destrucción de los preembriones. Sin embargo, tal y como señala el doctor Pedro Caballero, director de la Fundación Tambre “algunas parejas no renuevan su decisión o se desentienden y esto crea un conflicto sobre qué hacer con estos preembriones, por lo que la decisión sobre su destino queda a criterio de los profesionales de la clínica”.
En estos casos, y aunque el principal destino de los preembriones es la donación a la investigación, existen muchos casos en los que éstos no tienen un proyecto asignado como sucede en caso de separación o el fallecimiento de los donantes, o bien porque han sido generados por una mujer donante de más de 35 años. En este contexto, las posibilidades de actuación se han ampliado recientemente con la figura de la adopción de preembriones.
Es una opción que muchas parejas desconocen pero que está aumentado en los últimos años. De hecho, su demanda ha ido aumentado progresivamente, aunque no se disponen de datos de cuántas parejas optan por dar en adopción a sus preembriones, por la inexistencia de un registro nacional de embriones. “Dado que casi el 40% de las parejas no especifican lo que quieren hacer, la posibilidad de la adopción es una muy buena opción para otras personas con problemas para ser padres”, defiende el doctor Casares.
En cualquier caso, el proceso de adopción es muy sencillo ya que no se precisa cumplir ningún trámite legal, sólo firmar un consentimiento informado. Tras esto, los médicos preparan hormonalmente a la mujer receptora y se procede a la descongelación y transferencia del preembrión sin necesidad de ingreso hospitalario.